Contacto
Contacto

¿Qué hacer en caso de impago de tu salario?

El impago del salario por parte del empresario es una vulneración grave a los derechos del trabajador. Si te encuentras en esta situación, es crucial actuar con diligencia y conocimiento para defender tus intereses.

Pasos a seguir

Cada proceso es diferente y deberías consultar con un abogado para que analice tu caso. A continuación te dejamos un ejemplo de los pasos habituales a seguir en estos casos.

1. Requerimiento formal a la empresa:

El primer paso consiste en comunicar a la empresa el impago del salario de manera fehaciente. Puedes hacerlo verbalmente, pero se recomienda hacerlo por escrito mediante un burofax. Este documento servirá como prueba de la notificación y la fecha en que se realizó.

Ejemplo de requerimiento:

En el burofax, debes indicar:

  • Tus datos personales y los de la empresa.
  • El periodo de tiempo en el que no has recibido el salario.
  • La cantidad adeudada.
  • Un plazo razonable para que la empresa pague el salario.
  • Una advertencia de que, si la empresa no paga en el plazo establecido, iniciarás acciones legales.

Ejemplo

“Estimados Sres./Sras. de [Nombre de la empresa]:

Por la presente, les comunico que no he recibido el salario correspondiente al mes de [mes] de [año]. La cantidad adeudada asciende a [cantidad] euros.

Les requiero para que abonen la cantidad adeudada en un plazo de [días] días hábiles desde la recepción de este burofax.

En caso de no recibir el pago en el plazo indicado, me veré obligado a iniciar las acciones legales oportunas para reclamar mis derechos.

Atentamente,

[Tu nombre]”

2. Denuncia ante la Inspección de Trabajo:

Si la empresa no responde al requerimiento o no paga el salario en el plazo establecido, puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo. Este organismo público tiene la función de velar por el cumplimiento de la normativa laboral y puede iniciar un expediente sancionador contra la empresa.

Ejemplo

Puedes presentar la denuncia de manera online en la sede electrónica de la Inspección de Trabajo: https://www.mites.gob.es/itss/web/index.html. También puedes hacerlo de forma presencial en las oficinas de la Inspección de Trabajo de tu provincia.

3. Reclamación judicial del salario:

Si la Inspección de Trabajo no logra que la empresa pague el salario, o si prefieres una resolución más rápida, puedes iniciar un procedimiento judicial para reclamarlo.

Tipos de procedimientos judiciales:

  • Juicio de reclamación de cantidad: si la cantidad adeudada es inferior a 6.000 euros, puedes iniciar un juicio de reclamación de cantidad. Este procedimiento es rápido y sencillo, y no requiere la asistencia de un abogado.
  • Juicio ordinario: si la cantidad adeudada es superior a 6.000 euros, o si el caso es más complejo, debes iniciar un juicio ordinario. Este procedimiento es más lento y complejo, y requiere la asistencia de un abogado.

4. Solicitud de medidas cautelares:

En caso de extrema necesidad, puedes solicitar al juez que adopte medidas cautelares para asegurar el cobro del salario. Estas medidas pueden incluir el embargo de bienes de la empresa o la retención de sus cuentas bancarias. Puedes solicitar las medidas cautelares al mismo tiempo que presentas la demanda judicial.

Plazos

Plazo para reclamar el salario impagado:

Tienes un plazo de un año para reclamar el salario impagado desde la fecha en que debería haberse pagado.

Plazo para denunciar ante la Inspección de Trabajo:

Tienes un plazo de 4 años para denunciar el impago del salario ante la Inspección de Trabajo.

Plazo para iniciar un procedimiento judicial:

Tienes un plazo de 15 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación si decides iniciar un procedimiento judicial.

Indemnización

Si la empresa es condenada a pagar el salario impagado, también podrá ser condenada a pagar una indemnización por daños y perjuicios. Esta indemnización puede cubrir los gastos que hayas tenido que afrontar como consecuencia del impago, como intereses de demora, gastos de abogados, etc.

Cálculo de la indemnización:

La indemnización por daños y perjuicios se calcula en función del perjuicio económico que haya sufrido el trabajador como consecuencia del impago del salario.

Ejemplos de perjuicios económicos:

  • Gastos de manutención.
  • Gastos de vivienda.
  • Gastos de abogados.
  • Intereses de demora.

Recursos adicionales

Consejos

  • Guarda toda la documentación relacionada con el impago del salario: nóminas, recibos de pago, correos electrónicos, burofaxes, etc.
  • Si necesitas asesoramiento legal, consúltanos sin compromiso.
  • No dudes en actuar con firmeza para defender tus derechos.

Artículos relacionados

contratos mercantiles en bilbao

Contratos mercantiles, todo lo que necesitas saber

Los contratos mercantiles son una herramienta fundamental en el mundo empresarial, ya que establecen las bases legales para las relaciones comerciales entre empresas, proveedores, clientes y otros socios comerciales. Estos contratos no solo regulan los derechos y obligaciones de las partes involucradas, sino que también ofrecen un marco de seguridad y previsibilidad que facilita la […]
Más información
depositphotos 160208550 xl

Asesoría contable en tiempos de crisis

En tiempos de crisis económica, la incertidumbre puede parecer una tormenta interminable para las empresas. Fluctuaciones en el mercado, caída de la demanda y restricciones financieras pueden crear un entorno caótico donde la estabilidad parece inalcanzable. En este contexto, contar con una buena asesoría contable no solo es recomendable, sino esencial. Veamos cómo un asesor […]
Más información
worried girl reads bad news on letter at night at home

Errores comunes en la contabilidad de Pequeñas Empresas y cómo evitarlos

Llevar una contabilidad precisa y actualizada es esencial para el éxito de cualquier empresa, especialmente para las pequeñas empresas que, debido a sus limitados recursos, no pueden permitirse errores costosos. Sin embargo, gestionar las finanzas puede ser un desafío, y es común que los empresarios cometan errores contables que afecten la salud financiera de su […]
Más información

Contacto

Consúltenos sin compromiso, le atenderemos con la mayor brevedad posible

Horario

Lunes a viernes.
Mañanas de 9.00 a 14.00 h
Tardes de 16.00 a 19.00 h
General
menucross-circle